DICTÁMENES APROBADOS EN LA LXIII LEGISLATURA RELATIVOS A LEYES O DECRETOS SECRETARÍA GENERAL
SECRETARÍA DE SERVICIOS PARLAMENTARIOS
Dirección General de Apoyo Parlamentario

DICTAMEN COMISIÓN DICTAMINADORA SINOPSIS PROCESO LEGISLATIVO
1   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del párrafo octavo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al Sector Social de la Economía.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derechos Humanos y Garantías Constitucionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Fomento Cooperativo y Economía Social

Fecha de dictamen:
25-Septiembre-2016

Incluir como fin del Sector Social de la Economía, promover los valores de los Derechos Humanos, de la inclusión social y en general, el desarrollo integral del ser humano. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Gerardo Hermosillo Arteaga (PRI), el 10 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos Segunda.
2   Decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 33 y el inciso b) de la fracción II del artículo 34 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Septiembre-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
25-Septiembre-2016

Incluir como objetivos de las políticas públicas para la mitigación, a través del enfoque de cuenca atmosférica, los valores de concentración permisibles respecto de la calidad del aire, con el objetivo de no rebasar su capacidad de asimilación. Crear mecanismos que lleven a cabo la sustitución progresiva del transporte que utiliza combustibles fósiles por eléctricos e híbridos. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (PAN), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 435 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos Primera, con opinión de la Comisión Especial de Cambio Climático.
3   Decreto por el que se reforman los artículos 7 y 115 de la Ley General de Salud, en materia de obesidad y sobrepeso.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Septiembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
25-Septiembre-2016

Promover estilos de vida saludable en los programas y campañas de información sobre los buenos hábitos alimenticios. Considerar los trastornos de sobrepeso y obesidad, en el sistema de vigilancia epidemiológica de la Secretaría de Salud. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Eva Florinda Cruz Molina (PRD), el 19 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 426 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de septiembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
4   Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio, en materia de juicios orales mercantiles.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Diciembre-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
4-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
6-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
25-Enero-2017
Implementar el juicio oral mercantil sin importar la cuantía del asunto. Modificar el ofrecimiento, desahogo y valoración de medios de convicción en los juicios ejecutivos mercantiles. Modificar las causas de suspensión de las audiencias. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 385 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 2017.
5   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil, en materia de innovación tecnológica.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Protección Civil


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
27-Abril-2017
- Protección Civil

Fecha de dictamen:
4-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
27-Abril-2017

Publicación en el DOF:
23-Junio-2017
Amplia el concepto de "Infraestructura Estratégica". Establece que las instituciones o los particulares, de acuerdo a su presupuesto o responsabilidad económica, procurarán incorporar las innovaciones tecnológicas, digitales o virtuales, en la elaboración y difusión del Programa Interno de Protección Civil, así como para su vinculación con los Atlas de Riegos. Incluir dentro de las funciones de la Escuela Nacional de Protección Civil la de fijar las competencias y conocimientos necesarios para la acreditación de la capacitación formal de protección civil que ofrezcan o comercialicen personas físicas y morales, dicha capacitación será temática o en grado ascendente una Ruta de Capacitación de acuerdo a los establecido por el Sistema Educativo Nacional en materia de acumulación de créditos y el marco cualificaciones, así mismo, las entidades federativa promoverán en el ámbito de su competencia, que el atlas nacional de riegos sea de fácil acceso a la población, procurando que su elaboración siga los directrices del Cenapred. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Sarabia Camacho (PRI) 11 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 424 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Protección Civil y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 27 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017.
6   Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Vivienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
4-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Diciembre-2016
- Vivienda

Fecha de dictamen:
4-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
6-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017
Modificar la denominación del Comité de Trasparencia y Acceso a la Información por el de Comité de Transparencia, establecer que el Comité del Instituto deberá aprobar la normatividad en materia de trasparencia y acceso a la información pública conforme a la legislación general y federal aplicable. La Comisión de Vigilancia del Instituto deberá proponer a la Asamblea General la designación y remoción de los miembros del Comité de Transparencia, incluir como atribuciones del Comité de Transparencia las contenidas en la Ley Federal en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tendrá como atribución garantizar el ejercicios de los derechos de acceso, rectificación, corrección y oposición. 1.Iniciativa suscrita por la Dip. Alma Carolina Viggiano Austria (PRI), el 27 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 04 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 05 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Vivienda y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
7   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Noviembre-2022
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
6-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Noviembre-2022

Crear las residencias de día para personas adultas mayores, definiendo a éstas como los lugares operados por las autoridades de los tres órdenes de gobierno en los que se brindará a las personas adultas mayores una atención integral; indicar que las personas adultas mayores tendrán acceso a estas residencias, en las que se les otorgará asistencia para la salud, alimentación, aseo, fomento a la cultura y recreación. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Waldo Fernández González (PRD) el 01 de marzo de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 27 de septiembre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 394 votos a favor y una abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Primera.

6. Dictamen en sentido negativo aprobado en la Cámara de Senadores el 15 de noviembre de 2022. Aprobado en votación nominal por 82 votos a favor y 3 votos en contra.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
8   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
5-Abril-2018
- Turismo

Fecha de dictamen:
6-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
5-Abril-2018

Reconocer el derecho al turismo, entendido como la posibilidad de acceso directo y personal al descubrimiento de las riquezas naturales, culturales y de recreación de nuestro país. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Genoveva Huerta Villegas a nombre de la Dip. Gretel Culin Jaime (PAN) el 11 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 389 votos a favor y una abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas deTurismo y de Estudios Segundo.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 05 de abril de 2018, proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor y 1 en contra.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
9   Decreto por el que se reforma la fracción I, apartado B del artículo 13, y se adiciona una fracción IV Bis 3 al artículo 3o. de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
11-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
28-Noviembre-2016
Incluir como materia de salubridad general la salud bucodental. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Benjamín Robles Montoya (PRD) el 05 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadore del 08 de diciembre de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2015.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016.
10   Decreto por el que se reforma la fracción IX del artículo 7 de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Octubre-2016
- Turismo

Fecha de dictamen:
11-Octubre-2016

Incluir a la Secretaría de Gobernación para analizar y coadyuvar en los casos en que se determine que sea necesaria la protección de la integridad física de los turistas. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Azul Etcheverry Aranda (PRI), el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Turismo y Estudios Legislativos Primera.
11   Decreto por el que se adicionan los artículos 14 y 66 de la Ley General de Educación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
11-Octubre-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
11-Octubre-2016

Atribuir a las autoridades educativas federales y locales de manera concurrente, informar a la comunidad escolar los beneficios, el sentido y las modalidades de participación que se tiene en las escuelas. Incluir a las obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela, inculcar a sus hijos o pupilos el respeto a las autoridades escolares y a las normas de convivencia en la escuela. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Rocío Matesanz Santamaría (PAN) el 03 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 11 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 411 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos.
12   Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2017
- Asuntos Indígenas
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2017

Publicación en el DOF:
22-Junio-2017
Establecer que la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas coadyuve con el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y dar seguimiento a las acciones de las autoridades federales, estatales y municipales para la prevención, protección, sanción y erradicación de todas las formas de discriminación cometidas contra las mujeres y niñas indígenas. Incluir al titular del Instituto Nacional de las Mujeres en la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Isidro Pedraza Chávez (PRD) a nombre propio y de los Senadores Angélica de la Peña Gómez (PRD), Eviel Pérez Magaña (PRI), Juana Leticia Herrera Ale (PRI) y Teófilo Torres Corzo (PRI), el 28 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la cámara de Senadores el 02 de diciembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.

3. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 04 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 385 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos Primera.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
13   Decreto por el que se adicionan un tercer, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno y décimo párrafos al artículo 51 bis 1 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Establecer que los usuarios de servicios de salud en el ámbito público y privado, tienen el derecho de acceso a la información contenida en su expediente clínico. Este derecho también podrá ejercerse por el representante legal debidamente acreditado por el tutor, quien ejerza la patria potestad, quien acredite el parentesco en línea recta y el cónyuge o concubino del usuario de servicios médicos. El personal médico que acceda a los datos del expediente clínico en el ejercicio de sus funciones, deberá resguardar dicha información conforme al deber del secreto profesional. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Arlet Mólgora Glover (PRI), el 23 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
14   Decreto por el que se adiciona una fracción V Bis 1 al artículo 73 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Establecer que la Secretaría de Salud deberá coordinarse con las instituciones de salud, los gobiernos de las entidades federativas y con las autoridades competentes, para fomentar y apoyar la realización y promoción de programas para la prevención del suicidio, preferentemente en niñas, niños y adolescentes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Karla Karina Osuna Carranco (PAN), el 11 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 377 votos a favor. 1 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

3. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
15   Decreto por el que se adiciona una fracción XIX, recorriéndose en su orden actual, al artículo 6 del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Octubre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
13-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
18-Octubre-2016
Prever que los diputados y diputadas, en ejercicio de sus derechos lingüísticos, quienes pertenezcan a una comunidad indígena, podrán participar en tribuna y demás espacios legislativos en su lengua materna, facilitándoles la traducción simultánea y servicios de interpretación u otros medios adecuados. Para hacer uso de esta prerrogativa, previamente lo harán saber a la Mesa Directiva con el objeto de tomar las previsiones correspondientes. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Lluvia Flores Sonduk y suscrita por la Dip. Karen Orney Ramírez Peralta (PRD), el 08 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 2016.
16   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
18-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
7-Diciembre-2016
Establecer que el Mecanismo de Ajuste es la fórmula que establece la Secretaría en cada contrato que aumenta las contraprestaciones a favor del Estado, mediante la modificación de alguno de los parámetros que determinan las Contraprestaciones del Contrato, La aplicación del Mecanismo de Ajuste tiene el propósito de que el Estado Mexicano capture la rentabilidad extraordinaria que, en su caso, se genere por el Contrato. Establecer que para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta las personas morales o las empresas productivas del Estado deberán celebrar un acuerdo de operación conjunta que refleje el porcentaje de la participación que le corresponda a cada integrante del consorcio, y establezcan los mecanismos mediante los cuales dicha participación pudiera variar durante la vigencia del contrato. Para efectos del cálculo del derecho por la utilidad compartida y el monto de la deducción por concepto de los costos, gastos e inversiones se establece que tratándose de los Hidrocarburos distintos al Gas Natural No Asociado y sus Condensados, extraídos en áreas terrestres, el monto que resulte mayor de entre 12.500% del valor anual de los Hidrocarburos, y 8.30 dólares de los Estados Unidos de América por Barril de petróleo crudo equivalente extraído en el periodo de que se trate; y para el caso de Tratándose de los Hidrocarburos distintos al Gas Natural No Asociado y sus Condensados, extraídos en áreas marítimas con tirante de agua inferior a quinientos metros, el monto que resulte mayor de entre 12.500% del valor anual de los Hidrocarburos, y 6.10 dólares de los Estados Unidos de América por Barril de petróleo crudo equivalente extraído en el periodo de que se trate. Se considerará como Barril de petróleo crudo equivalente a la suma del volumen de Petróleo y Condensados extraídos en Barriles más el volumen de Gas Natural extraído en millones de BTU dividido entre el factor de 5.15. 1. Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal 08 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 360 votos en pro y 53 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 82 votos a favor, 9 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de diciembre de 2016.
17   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
18-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
18-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
7-Diciembre-2016
Actualizar el marco normativo fiscal en cuanto al cobro o exención de pago de derechos por la prestación de servicios y por el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público de la Federación. Exentar del pago de derechos por la compulsa de documentos, para la tramitación de credenciales para votar en el extranjero; exentar del pago de derechos por la autorización para el acceso a la multiprogramación cuando se vincule a concesiones para uso social comunitario o indígena; ajuste a la cuota del derecho por la obtención de la condición de estancia de "visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas", eliminación del derecho por la prestación del servicio consistente en la autorización o renovación para ser miembro del Programa Viajero Confiable, exención del pago de derechos por servicios migratorios a los extranjeros cuando reciban una remuneración menor al salario mínimo, establecer una cuota por cada quince minutos o fracción de duración de los materiales grabados, tanto en materia de televisión como de radio, tomando en cuenta que el tiempo para realizar la revisión y clasificación de los materiales grabados depende directamente de la duración de éstos, prevé el pago de derechos por conceptos de trámite y estudio y, en su caso, clasificación y autorización de películas, telenovelas y teleteatros, y series filmadas; incorporar una exención a los connacionales en el extranjero por la solicitud de la compulsa de documentos cuando la misma tenga como finalidad la tramitación de la credencial para votar en el extranjero, ampliar la exención para la expedición de los certificados de capacidad, licencias o permisos, cuando sean solicitados por personal de vuelo y tierra que guarde un vínculo laboral con la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; sustituir la referencia a la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales por la de Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, sustituir la referencia al "Banco de México" así como a las "Entidades Paraestatales" por la de "las instituciones y entidades financieras autorizadas"; asignar un 2.5% de la recaudación total que se obtenga de los derechos especial, adicional y extraordinario sobre minería, a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para la operación y administración del Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2016.

b) 17 Iniciativas suscritas por diputados y senadores de diversos grupos parlamentarios.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 18 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 371 votos en pro, 41 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor y 7 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de diciembre de 2016.
18   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes de los Impuestos sobre la Renta, al Valor Agregado, así como del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ingresos y Hacienda


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
20-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Octubre-2016
- Hacienda y Crédito Público

Fecha de dictamen:
20-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
30-Noviembre-2016
Establecer que las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de ISR podrán obtener ingresos por actividades distintas a los fines para los que fueron autorizados, siempre que no excedan del 10% de sus ingresos totales. Determinar que las personas morales constituidas por personas físicas cuyos ingresos no excedan cinco millones de pesos podrán pagar el ISR bajo la opción de acumulación de ingresos. Otorgar estímulos fiscales a los contribuyentes del ISR que efectúen proyectos de investigación y desarrollo tecnológico; aporten a proyectos de inversión en infraestructura e instalaciones deportivas altamente especializadas, así como a programas para el desarrollo de atletas de alto rendimiento; y realicen inversiones en equipos de alimentación para vehículos eléctricos. Exentar del impuesto correspondiente la importación y enajenación de automóviles eléctricos híbridos. Establecer requisitos para que sea acreditable el IVA en inversiones o gastos en periodos pre operativos; eliminar la disposición que señala que no se pagará IVA por el uso o goce temporal de bienes tangibles cuyo uso o goce sea otorgado por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional; señalar que las empresas calcularán el IVA aplicando la tasa del 0% por el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en materia de tecnologías de la información. Referir que los particulares que acuerden el uso de la firma electrónica avanzada como medio de autenticación o firmado de documentos digitales, podrán solicitar al SAT que preste el servicio de verificación y autenticación de los certificados de dichas firmas. Facultar al SAT para autorizar el uso del buzón tributario cuando se cuente con el consentimiento de los particulares; resaltar que los comprobantes fiscales digitales por internet sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación; indicar que el SAT podrá autorizar a personas morales para que funjan como órganos certificadores que se encargarán de garantizar y verificar que los terceros autorizados cumplan con los requisitos y obligaciones para obtener y conservar las autorizaciones que emita el SAT; regular las visitas domiciliarias que podrán practicar las autoridades fiscales, a fin de verificar que cumplan con las obligaciones en la materia e, implementar diversas infracciones relacionadas con omisiones en responsabilidades tributarias. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal el 08 de septiembre de 2016.

b) 95 iniciativas suscritas por diputados y senadores de diversos Grupos Parlamentarios en la LXIII Legislatura

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 20 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 411 votos a favor, 42 en contra y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 85 votos a favor y 9 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016.
19   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Octubre-2016
- Derechos Humanos

Fecha de dictamen:
25-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
1-Diciembre-2016
Promover que la persona que ocupe la Presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) pueda emitir y suscribir resoluciones, así como establecer medidas administrativas y de reparación derivadas de las quejas que por los presuntos actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias. Las personar integrantes de la Asamblea Consultiva cada año podrán renovarse máximo seis de sus integrantes. 1. Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por las Sens. Lilia Merodio Reza, Hilda Flores Escalera, Diva Gastélum Bajo, Leticia Herrera Ale, Cristina Díaz Salazar, Itzel Ríos de la Mora, Anabel Acosta Islas (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM), el 27 de octubre de 2015.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 31 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor,1 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 01 de diciembre de 2016.
20   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Educación, para incorporar el principio de interés superior de la niñez.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Octubre-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
25-Octubre-2016

Establecer que la educación que imparta el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares deberá atender en todo momento el interés superior de la niñez. Incluir que las actuaciones y decisiones que tomen dichas autoridades, deberán considerar, primordialmente, el interés superior de la niñez, cuando se trate de la educación que concierna niñas, niños y adolescentes. Las autoridades establecerán los mecanismos necesarios para garantizar este principio. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 11 de abril de 2013.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 08 de abril de 2015. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 14 de abril de 2015. (LXII Legislatura).

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 422 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

7. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 25 de octubre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Educación y de Estudios Legislativos Segunda.
21   Decreto por el que se adiciona una fracción IV al Decreto por el que se Establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
25-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Energía

Fecha de dictamen:
25-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Aplicar el horario estacional a partir de las dos horas del primer domingo de abril, terminando a las dos horas del último domingo de octubre de cada año, al Estado de Quintana Roo, sujeto al meridiano 75 grados oeste por ubicación y 75 grados oeste por horario estacional. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Gretel Culin Jaime (PAN) el 17 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 25 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por los artículos no reservados por 438 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 26 de octubre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
22   Decreto que reforma la fracción IV del artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Seguridad Pública


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Octubre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
8-Noviembre-2023
- Seguridad Pública

Fecha de dictamen:
27-Octubre-2016

Aprobación en el Senado:
8-Noviembre-2023

Proponer mecanismos para implementar la salud integral, psicológica, psiquiátrica y prevención social, como medios de reinserción social, dentro de las funciones de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario. 1. Iniciativa suscrita por el Diputado José Máximo García López (PAN), el 29 de abril de 2016.

2. Declaratoria de publicidad emitida el 25 de octubre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Seguridad Pública y de Estudios Legislativos Segunda.

6. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores el 08 de noviembre de 2023. Aprobado en votación nominal por 83 votos a favor.

7. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción D) del artículo 72 de la CPEUM.
23   Decreto por el que se adicionan los artículos 61 y 64 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
27-Octubre-2016

Publicación en el DOF:
16-Diciembre-2016
Incorporar a los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil y la promoción de la salud materna, el diagnóstico oportuno y atención temprana de la displasia en el desarrollo de cadera, durante el crecimiento y desarrollo de los menores de cinco años, a través del examen clínico en la primera semana del nacimiento, en el primer mes de edad y a los dos, cuatro, seis, nueve y doce meses, así como la toma de ultrasonido de cadera o radiografía anteroposterior de pelvis, entre el primer y cuarto mes de vida. 1. Iniciativa suscrita por el Senador Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD), el 20 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 10 de abril de 2014 en la Cámara de Senadores. Proyecto de decreto aprobado por 84 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2016.
24   Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 87 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
27-Octubre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
27-Octubre-2016

Establecer que la prestación del servicio social de los pasantes de las profesiones para la salud, respetara los ciclos de descanso, salvaguardando su integridad física y mental; con la finalidad de mejorar la calidad de la atención médica. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Bernardo Quezada Salas (NA), el 5 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 03 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
25   Decreto por el que se reforma el inciso m) y se adiciona un inciso n) a la fracción I del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Noviembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
3-Noviembre-2016

Considerar como sujetos de asistencia social a todas las niñas o niños de madres de reclusas, que nazcan y permanezcan en cualquier centro de prevención y/o readaptación social. 1. Iniciativa presentada por la Dip. María García Pérez (PAN), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 422 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos.
26   Decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia del registro nacional de cáncer.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Noviembre-216
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
3-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2017

Publicación en el DOF:
22-Junio-2017
Considerar el diseño, la organización, coordinación, vigilancia así como promover y vigilar el Registro Nacional de Cáncer. Crear una base poblacional, y se integrará de la información proveniente del Sistema Nacional de Salud. Prever la información con la que contará dicho registro. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Sylvana Beltrones Sánchez (PRI), el 03 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 440 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
27   Decreto por el que se reforma el artículo cuarto de las disposiciones transitorias de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 1 de julio de 2008.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Fortalecimiento del Federalismo (Distribución de atribuciones entre la Federación y las Entidades Federativas)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
3-Noviembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
3-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
3-Noviembre-2016
Precisar el escalonamiento en el término de las funciones de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que fueron electos el 20 de octubre de 2016 y cuyo mandato dará inicio el 4 de noviembre de 2016, para lo cual propone que los dos magistrados electos originalmente para el periodo del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2019, durarán en su encargo hasta el 31 de octubre de 2023; los dos magistrados electos originalmente para el periodo comprendido del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2022, durarán en su encargo hasta el 31 de octubre de 2024; y, los tres magistrados restantes, que ejercerán su encargo en el periodo comprendido del 4 de noviembre de 2016 al 31 de octubre de 2025. Asimismo, establece que a la entrada en vigor del decreto, la Cámara de Senadores realizará, las acciones necesarias para dar cumplimiento en relación con los dos magistrados cuyo mandato concluirá el 31 de octubre de 2019 y el 31 de octubre de 2022. 1. Iniciativa suscrita por los senadores Emilio Gamboa Patrón (PRI), Fernando Herrera Ávila (PAN), Luis Miguel Gerónimo Barbosa (PRD), Carlos Alberto Puente Salas (PVEM), Fernando Yunes Márquez (PAN) y las Senadoras Ivonne Liliana Álvarez García (PRI) y Angélica de la Peña Gómez (PRD), el 25 de octubre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 27 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 67 votos a favor, 17 en contra y 0 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 27 de octubre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 03 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 335 votos a favor, 84 en contra y 3 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos consititucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de noviembre de 2016.
28   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
11-Noviembre-2021
- Igualdad de Género

Fecha de dictamen:
8-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
11-Noviembre-2021

Crear "Centros de Justicia para las mujeres", como órganos de la Secretaría de Gobernación, encargados de diseñar y ejecutar políticas orientadas a la prevención y sanción de la violencia contra las mujeres, además de proporcionar orientación, asesoría y atención a las mujeres víctimas de violencia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Contreras Julián (PRD), el 20 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Maricela Emilse Etcheverry Aranda (PRI), el 29 de abril de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRI), el 07 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 425 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas para la Igualdad de Género y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen presentado en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2021, aprobado en lo geneal y en lo particular por 91 votos a favor. (LXV LEgislatura

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.

** el Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores contempla dos minutas recibidas en sesión del 10 de noviembre de 2016 y del 09 de diciembre de 2020.**
29   Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 127 de la Ley General de Vida Silvestre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Noviembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
8-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
19-Diciembre-2016
Establecer que la imposición de multas se realizarán con base en el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la infracción. Incrementar las sanciones por cacería ilegal por el equivalente de 200 a 75000 veces de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice actividades de aprovechamiento que impliquen dar muerte a ejemplares de la vida silvestre, sin la autorización correspondiente o en contravención a los términos en que ésta hubiera sido otorgada y a las disposiciones aplicables. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM) el 11 de marzo de 2014.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 81 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de marzo de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 433 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2016.
30   Decreto por el que se reforman los artículos 150, 155 y 189 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de convocatoria a comisión a diputadas y diputados promoventes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Noviembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
8-Noviembre-2016

Publicación en el DOF:
14-Noviembre-2016
Convocar al diputado proponente de una iniciativa o proposición, a la Reunión de Comisión en donde se prevea la discusión del dictamen respectivo. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada María Verónica Agundis Estrada (PAN), el 29 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 420 votos a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 14/ de noviembre de 2016.
31   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de accesibilidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Noviembre-2016
- Atención a Grupos Vulnerables

Fecha de dictamen:
15-Noviembre-2016

Incluir el término de accesibilidad, como parte de los principios rectores en la observación y aplicación de la ley. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Arlette Ivette Muñoz Cervantes (PAN), el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de noviembre de 2016, se turno a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos, Primera.
32   Decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 29 de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Noviembre-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
15-Noviembre-2016

Considerar dentro de las acciones de adaptación; el establecimiento de centros de población o asentamientos humanos bajo criterios de resiliencia, así como las acciones de desarrollo, mejoramiento y conservación de los mismos. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Mirza Flores Gómez (MC), el 20 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 17 de noviembre de 2016, se turno a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos.
33   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y al Código Fiscal de la Federación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Establecer que en el juicio existirá una audiencia de conciliación en los asuntos provenientes de una resolución de recurso de revocación exclusiva de fondo y adicionar en el Código Fiscal de la Federación, en el Título V, Capítulo I, la Sección Cuarta denominada "Del Trámite y Resolución del Recurso de Revocación Exclusivo de Fondo" para precisar el concepto de agravio de fondo como aquel que se refiera al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, respecto de las contribuciones revisadas que pretendan controvertir y los requisitos para su interposición. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a). Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal, el 08 de septiembre de 2016.

b). Iniciativa suscrita por los Diputados Candelario Pérez Alvarado (PRD) y Charbel Jorge Estefan Chidiac (PRI) el 20 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 361 votos a favor, 31 en contra y 8 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 84 votos a favor y 1 en contra.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
34   Decreto por el que se reforman los artículos 153 y 154; y se deroga el 151 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
2-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
17-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
2-Febrero-2017

Publicación en el DOF:
27-Marzo-2017
Establecer que la persona privada de su libertad que se fugue, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión, esta pena se incrementará en un tercio cuando la persona obre de concierto con otra u otras personas privadas de su libertad y se fugue alguna de ellas o ejerciere violencia en las personas. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Federico Döring Casar (PAN), el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 02 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2017.
35   Decreto por el que se reforman los artículos 140 y 141 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
17-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
17-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
28-Diciembre-2016
Establecer que el Congreso de la Unión contará con un órgano denominado "Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos", el cual funcionará con base en los permisos y las autorizaciones que le asigne la autoridad competente. El Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos tiene por objeto, reseñar y difundir, a través de las distintas plataformas de comunicación y canales de programación la actividad legislativa y parlamentaria que corresponda a las de las Cámaras del Congreso de la Unión y de la Comisión Permanente, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas de la realidad nacional vinculados con la difusión de la cultura democrática y los valores nacionales; gozará de autonomía técnica y de gestión para la consecución de su objeto, mismas que son dictadas por esta Ley, el Reglamento del Canal, los linchamientos administrativos, políticas internas de orden general y programas de trabajo que apruebe y emita la Comisión Bicamaral. Para la realización de su objeto, contará con el presupuesto que cada Cámara le haya asignado y que será acorde a las necesidades del Canal, para asegurar la transmisión y la calidad de los contenidos. En las reuniones de la Comisión que se discutan temas de contrataciones, adquisiciones y licitaciones que lleve a cabo el Canal de Televisión del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, deberán estar presentes, con voz pero sin voto, el Secretario General de la Cámara de Diputados y el Secretario General de Servicios Administrativos de la Cámara de Senadores. Para el mejor desempeño de las labores propias del Canal, este contará con una Comisión Bicamaral, una Dirección General, un Consejo Consultivo, así como de un Defensor de Audiencia, los dos últimos de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Cualquier legislador de las Cámaras que integran el Congreso de la Unión podrá solicitar al responsable del Canal copia del material videográfico transmitido a través del mismo. La organización y funcionamiento del Canal se sujetará a las disposiciones legales aplicables y a las reglamentarias específicas que al efecto dicte el Congreso de la Unión, así como a las políticas internas de orden general y programas de trabajo que apruebe la Comisión Bicamaral. En ejercicio de las facultades delegatorias para la representación de las Cámaras, los presidentes de ambas Cámaras otorgarán un poder especial para actos de administración, pleitos y cobranzas, en favor del titular de la Dirección General del Canal para llevar a cabo las contrataciones, adquisiciones y licitaciones de equipo y de servicios que realice el Canal, en apego a los lineamientos administrativos emitidos para tal efecto por la Comisión Bicamaral. 1. Iniciativa suscrita por el Sen. Roberto Gil Zuarth (PAN) y el Dip. José Jesús Zambrano Grijalva (PRD); los senadores Daniel Gabriel Ávila Ruiz (PAN), Jesús Casillas Romero (PRI) y Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez (PRD); y, los diputados Tristán Manuel Canales Najjar (PRI), Armando Soto Espino (PRD) y la Dip. Martha Cristina Jiménez Márquez (PAN), integrantes de la Comisión Bicamaral del Canal de Televisión del Congreso de la Unión, el 03 de agosto de 2016.

2. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 29 de septiembre de 2016.

3. Proyecto de decreto aprobado en la Cámara de Senadores por 88 votos a favor.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 30 de septiembre de 2016.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 17 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 347 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención.

7. Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.

8. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y Estudios Legislativos Segunda.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2016.
36   Decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Noviembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
22-Noviembre-2016

Establecer que los servicios de asesoría jurídica se prestarán preferentemente a las personas que por diferentes factores enfrenten situaciones de riesgo o discriminación. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Cecilia Romero Castillo (PAN) y suscrita por la Dip. Eloísa Chavarrías Barajas (PAN), el 22 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 410 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidad de Justicia y de Estudios Legislativos.
37   Decreto que adiciona el artículo 125 Bis a la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
22-Noviembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
22-Noviembre-2016

Incluir que la Secretaría de Salud en coordinación con las demás dependencias involucradas, implementará mecanismos que prevengan los riesgos asociados con interferencias electromagnéticas que puedan afectar tanto a los equipos médicos como a los pacientes dentro de los hospitales.

Regular el uso de telefonía móvil en determinadas áreas como quirófanos y de terapia intensiva en los hospitales.
1. Iniciativa suscrita por los Diputados César Camacho Quiroz, Miguel Ángel Sulub Caamal, Jorge Carlos Ramírez Marín y Manuel Vallejo Barragán (PRI), el 16 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 22 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 416 votos a favor, 1 en contra y 0 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidad de Salud y de Estudios Legislativos.
38   Proyecto de decreto que reforma los artículos 79, 83 y 425 de la Ley General de Salud, en materia de cirugía estética.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Noviembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
24-Noviembre-2016

Incluir a la cirugía estética y reconstructiva, y a la medicina estética dentro de las actividades que requieren que los títulos profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y registrados por las autoridades competentes. Clausurar temporal o definitivamente, parcial o totalmente según la gravedad de la infracción y las características de la actividad o establecimiento cuando se ofrezcan o realicen servicios de cirugía estética o reconstructiva sin que el personal profesional a cargo cuente con los títulos profesionales y certificados de especialización o subespecialización, o cuando se ofrezcan estos servicios mediante anuncios, documentos, papelería o publicidad sin los datos de registro ante las autoridades educativas. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Elvia Graciela Palomares Ramírez (PRI) el 15 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 395 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidad de Salud y de Estudios Legislativos.
39   Decreto por el que reforma el artículo 135 de la Ley Agraria.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
24-Noviembre-2016
- Reforma Agraria

Fecha de dictamen:
24-Noviembre-2016

Incluir a los posesionarios dentro de los que la Procuraduría Agraria, debe proteger sus derechos. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Óscar García Barrón (PRI) el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 24 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 364 votos a favor, 2 en contra y 30 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016, se turnó a las comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos.
40   Decreto por el que se adiciona un artículo 430 al Código Penal Federal, en materia de usurpación de identidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Adicionar un Título Vigésimo al Código, denominado "Delitos contra la identidad de las personas", con la finalidad de sancionar la usurpación de identidad. Estableciendo una pena de uno a seis años de prisión y cuatrocientos a seiscientos días de multa y, en su caso, la reparación del daño que se hubiere causado, a quien cometa el delito de usurpación de identidad. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. César Flores Sosa (PAN), el 15 de diciembre de 2015.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Lorena Corona Valdés (PVEM), el 09 de febrero de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. Gloria Himelda Félix Niebla (PRI), el 10 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 414 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
41   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Turismo


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2017
- Turismo

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2017

Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 408 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Turismo y de Estudios Legislativos, Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 83 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción e) del artículo 72 de la CPEUM.
42   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Abril-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Abril-2017

Publicación en el DOF:
23-Junio-2017
Armonizar el texto de las leyes con el cambio de denominación de "Distrito Federal" por "Ciudad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 29 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 390 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Los Derechos de La Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2017.
43   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Marzo-2017
- Competitividad

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Marzo-2017

Publicación en el DOF:
17-Mayo-2017
Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 29 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 402 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Fomento Económico y Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 79 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2017.
44   Decreto por el que se reforman los artículos 1o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; y 7 y 15 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 403 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Asuntos Indigenas y de Estudios Legislativos, Primera.
45   Decreto por el que se reforma el artículo 1 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Juventud y Deportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
2-Abril-2019
- Juventud

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
2-Abril-2019

Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Ciudad de México". 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 17 de agosto de 2016.

2. Declaratoria de publicidad el 29 de noviembre de 2016.

3. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 413 votos a favor y 1 abstención.

4. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

5. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidasde Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos, Primera.

6. Dictamen de primera lectura en la Cámara de Senadores el 26 de marzo de 2019.

7. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 02 de abril de 2019. Aprobado en lo general y en lo particular por 71 votos a favor.

8. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
46   Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; de la Ley de Vías Generales de Comunicación; de la Ley del Registro Público Vehicular y la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Marzo-2017
- Transportes

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
22-Marzo-2017

Armonizar el texto de las Leyes con el cambio de denominación de "Distrito Federal" por "Ciudad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 406 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de marzo de 2017. Proyecto de decreto aprobado por 70 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la CPEUM.
47   Decreto por el que se reforman los artículos 29 y 112 de la Ley de Migración.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Nacionalidad, Población, Desarrollo Fronterizo y Asuntos Migratorios


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
29-Noviembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
26-Septiembre-2017
- Asuntos Migratorios

Fecha de dictamen:
29-Noviembre-2016

Aprobación en el Senado:
26-Septiembre-2017

Publicación en el DOF:
9-Noviembre-2017
Armonizar el texto de la Ley con el cambio de denominación del "Distrito Federal" por "Cuidad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN) el 27 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 29 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 405 votos a favor y 1 abstención.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 06 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 26 de septiembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 85 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federacion el 09 de noviembre de 2017.
48   Decreto por el que se reforma la fracción XI del artículo 4, y el cuarto párrafo del artículo 18 de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Rural (Agricultura y Ganadería)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
- Agricultura y Sistemas de Riego

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
21-Marzo-2018

Publicación en el DOF:
11-Mayo-2018
Considerar la formación de recursos humanos y redes de conocimiento para la generación de empresas semilleras nacionales con apoyo de Instituciones de enseñanza Superior y Tecnológica y Centros de Investigación. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. José Erandi Bermúdez Méndez (PAN) el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 404 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 21 de marzo de 2018, Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 63 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018.
49   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Nacional de Procedimientos Penales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
- Igualdad de Género
- Justicia

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Establecer que el banco de datos sobre las órdenes de protección, deberá contener las que han sido emitidas incluyendo datos de las víctimas y de las personas sujetas a ellas, el tipo de orden, así como el seguimiento e incumplimiento de las mismas y con estricto apego a la protección de datos personales. Establecer que las órdenes de protección de emergencia y preventivas tendrán na temporalidad hasta que la víctima de la violencia deje de estar expuesta al riesgo y deberán expedirse de forma inmediata máximo en el transcurso de las seis horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generen. El Ministerio Público dictará oficiosamente cualquiera de las órdenes de protección preventivas o de emergencia sin necesidad de autorización judicial previa o posterior sin perjuicios de que pueda sustituirla por alguna medida de protección o providencia de las previstas en el Código Nacional de Procedimientos penales. Modificar la duración de las medidas de protección y de las providencias precautorias de sesenta a noventa días naturales. Para la duración de estas medidas, tratándose de delitos por razón de género, se aplicará de manera supletoria la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. En casos de violencia contra las mujeres, cuando el Ministerio Público o la víctima u ofendido no hubiera solicitado medida cautelar alguna, pero el Juez advierte algún riesgo para la víctima u ofendido, deberá emitir alguna orden de protección preventiva o de emergencia prevista en la Lay General de Acceso a una Vida Libre de Violencia. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), el 08 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Nereida Plascencia Pacheco (PRI), el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 405 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.
50   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
6-Abril-2017
- Competitividad

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
6-Abril-2017

Publicación en el DOF:
19-Mayo-2017
Modificar el término Distrito Federal por el de Ciudad de México e incluir el término "demarcaciones territoriales de la Ciudad de México". 1. Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro González Murillo (PES), el 17 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 394 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Fomento Económico y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 06 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2017.
51   Decreto por el que se adiciona una fracción XIV al artículo 7 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Economía y Finanzas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
6-Diciembre-2016
- Economía

Fecha de dictamen:
6-Diciembre-2016

Incluir como objeto de las Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, promover entre sus afiliados principios éticos que prevengan acciones de corrupción con las dependencias de los tres niveles de gobierno y demás dependencias del sector público. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRI), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 06 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 08 de diciembre de 2016, se turnó a a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos.
52   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nombramiento de los titulares de los órganos internos de control de los organismos constitucionales autónomos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Función Pública (Administración Pública, Transparencia Administrativa, Resp. de los Serv. Públicos y Bienes Nacionales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
15-Diciembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
8-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Cambiar las denominaciones de "Contraloría Interna" por la de "Órgano Interno de Control"; y la de "Contralor Interno" por la de "Titular del Órgano Interno de Control" en los órganos constitucionales autónomos. Adicionar causales por las que los titulares de los órganos internos de control de éstos órganos constitucionales podrán ser destituidos y normar sus atribuciones. Establecer el procedimiento para su designación, remoción y rendición de cuentas. Adicionar un Capítulo Octavo al Título Segundo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos denominado "De la designación de los titulares de los Órganos Internos de Control de los Órganos Constitucionales Autónomos". 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (PRI), el 01 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por la Diputada Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (PRI), el 20 de abril de 2016.

c) Iniciativa presentada por la Dip. María Cecilia Guadalupe Romero Castillo (PAN), el 29 de septiembre de 2016.

d) Iniciativa presentada por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC), el 15 de noviembre de 2016.

e) Iniciativa presentada por la Dip. Sharon María Teresa Cuenca Ayala (PVEM), el 24 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 316 votos a favor, 3 en contra y 35 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 82 votos a favor, 1 en contra y 2 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
53   Decreto por el que se adiciona el artículo 419 Bis al Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
8-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
8-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2017

Publicación en el DOF:
22-Junio-2017
Incluir las peleas de perros como delito. Sancionar con seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días de multa a quien posea, crie o entrene un perro con el propósito de hacerlo participar en actividades que involucre una pelea entre dos o más perros; a quien organice, promueva, patrocine o venda entradas para asistir a peleas de perros; a quien posea o administre una propiedad donde se realicen peleas de perros; a quien ocasione que menores de edad presencien peleas de perros, y a quien con fines de lucro las realice; incrementándose la sanción hasta en una mitad cuando se trate de servidores públicos. Se impondrá un tercio de la pena en el caso de espectadores o asistentes a peleas de perros. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM), e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 24 de noviembre de 2016.

b) Iniciativa suscrita por los diputados Clemente Castañeda Hoeflich, Verónica Delgadillo García (MC) y Elías Octavio Íñiguez Mejía (PAN), el 29 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 08 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 316 votos a favor, 3 en contra y 35 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 25 de abril de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 74 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de 2017.
54   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 420 del Código Penal Federal, y se adiciona una fracción X al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
21-Febrero-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
13-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
21-Febrero-2017

Publicación en el DOF:
7-Abril-2017
Imponer pena de dos a dieciocho años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa a quien ilícitamente de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie, camarón, dentro o fuera de los periodos de veda, sin contar con la autorización que corresponda. Sancionar penalmente a quien capture, transforme, acopie, transporte o dañe ejemplares de la especie Totoaba Macdonaldi dentro o fuera de los periodos de veda. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Antonio López Rodríguez (PAN), el 15 de marzo de 2016.

b) Iniciativa suscrita por el Dip. Arturo Álvarez Angli (PVEM), el 14 de septiembre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por la Dip. María Cristina Teresa García Bravo (PRD), 12 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 412 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 21 de febrero de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 86 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 07 de abril de 2017.
55   Decreto por el que se reforman los artículos 420 y 422 del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
13-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
13-Diciembre-2016

Incrementar las penas en materia de delitos contra la Biodiversidad y en materia de Actividades Tecnológicas y Peligrosas. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Sesma Suarez, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 14 de septiembre de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Jesús Sesma Suarez, y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, el 24 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 13 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 419 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2016, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos.
56   Decreto por el que se reforman los artículos 24 y 366 Ter, y se adiciona el 209 Quáter al Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Considerar como pena y medida de seguridad, la inscripción en el Registro de personas con Sentencia Firme a las que se les ha impuesto la medida de seguridad consistente en la prohibición de ir a lugar determinado y la de publicación especial de sentencia a quienes cometan delitos contra la libertad y el desarrollo psicosexual. Establecer que quienes cometan el delito de tráfico de menores tendrán prohibido acudir a lugares donde haya concurrencia de niñas, niños o adolescentes. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Cristina Jiménez Márquez (PAN) el 21 de abril de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Martha Cristina Jiménez Márquez (PAN) el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. aprobado por 81 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción d) del artículo 72 de la CPEUM.
57   Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Víctimas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
3-Enero-2017
Integrar el interés superior de la niñez, como principio rector de los similares que guían los mecanismos, medidas y procedimientos de la Ley. Facultar a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para atraer los casos del fuero local relacionados con la atención y reparación de las víctimas, y como órgano operativo y rector en materia de atención a víctimas y de violaciones de derechos humanos, ésta contará con una Junta de Gobierno y un Comisionado Ejecutivo para su administración, así como con una Asamblea Consultiva, como órgano de consulta y vinculación con las víctimas y la sociedad, en este sentido, la CEAV deja de ser un órgano colegiado y esta responsabilidad recaerá en un Comisionado Ejecutivo, que será nombrado por el presidente de la República, previa consulta pública entre colectivos de víctimas, especialistas y expertos que trabajen en la atención a víctimas, y ratificado por el Senado de la República. Establecer la obligación de las entidades federativas para contar con un fondo de ayuda, asistencia y reparación integral, una asesoría jurídica y un registro de víctimas, a fin de flexibilizar los mecanismos de acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y definir la figura de recursos de ayuda, como diversos gastos: alimentación, hospedaje, trasportación, entre otros, que deben ser concebidos como gastos operativos ordinarios que les permita a las víctimas obtener una atención inmediata, adecuada y efectiva. Garantizarán los criterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y rendición de cuentas respecto a los convenios de coordinación firmados entre la CEAV y las comisiones de víctimas de las entidades federativas, para establecer las reglas de reintegración de los recursos erogados. Fortalecer la actuación del asesor jurídico federal, como mecanismo para hacer valer los derechos de las víctimas y que cubra todos los procedimientos derivados de un hecho victimizante. La figura de asesor jurídico estará adscrita a las comisiones ejecutivas y estará integrada por las y los abogados, peritos, profesionales y técnicos de las diversas disciplinas que se requieren para la defensa de los derechos previstos en la Ley y contará con un servicio civil de carrera que comprenda la selección, ingreso, adscripción, permanencia, formación, promoción, capacitación, prestaciones, estímulos y sanciones; y, puntualizar que se otorgará atención inmediata a las poblaciones víctimas de desplazamiento para cubrir sus necesidades prioritarias. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Sen. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 08 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

b) Iniciativa suscrita por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 08 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

c) Iniciativa suscrita por la Sen. Sonia Mendoza Díaz (PAN) el 02 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

d) Iniciativa suscrita por diversos integrantes de Comisiones Unidas de Gobernación; de Derechos Humanos; y de Justicia; y de Estudios Legislativos el 05 de diciembre de 2013. (LXII Legislatura)

e) Iniciativa suscrita por la Sen. Adriana Dávila Fernández (PRI) el 09 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura)

f) Iniciativa suscrita por la Sen. Adriana Dávila Fernández (PRI) el 14 de octubre de 2014. (LXII Legislatura)

g) Iniciativa suscrita por la Sen. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 27 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura)

h) Iniciativa suscrita por diversos legisladores del Grupo Parlamentario del PRI el 19 de febrero de 2014. (LXII Legislatura)

i) Iniciativa suscrita por la Sen. Angélica de la Peña Gómez (PRD) el 12 de marzo de 2014. (LXII Legislatura)

j) Iniciativa suscrita por la Sen. Mónica Arriola Gordillo (PANAL) el 29 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura)

k) Iniciativa suscrita por el Sen. Venancio Luis Sánchez Jiménez (PRD) el 14 de abril de 2016. (LXIII Legislatura)

l) Iniciativa suscrita por la Sen. Mariana Gómez del Campo Gurza (PAN) el 14 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 04 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 72 votos a favor y 7 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 08 de noviembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 323 votos a favor y 41 en contra y 34 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 03 de enero de 2017.
58   Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; y de la Ley de Puertos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
19-Diciembre-2016
Incluir dentro del despacho de la Secretaría de Marina la seguridad marítima, salvamento en caso de accidentes o incidentes de embarcaciones y el control de tráfico sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias de la Administración Pública Federal; así como regular, vigilar la seguridad de la navegación y la vida humana en el mar y supervisar a la marina mercante; administrar y operar el señalamiento marítimo, así como proporcionar los servicios de información y seguridad para la navegación marítima. Incluir dentro del despacho de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, intervenir en las leyes otorga a la Secretaría de Marina respecto al transporte por agua. Definir una autoridad marítima nacional, que ejercerá la administración marítima de México, por el Ejecutivo federal a través de la Secretaría de Marina para el ejercicio de la soberanía, protección y seguridad marítima, así como el mantenimiento del estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias. Delimitar y redistribuir las atribuciones que en materia marítima y portuaria poseen la Secretaría de Marina y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, entre otras, transfiere las capitanías de puerto a la Secretaría de Marina y estipula reglas específicas para el buen funcionamiento portuario. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 03 marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 30 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 63 votos a favor y 13 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 06 de diciembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 339 votos a favor y 38 en contra y 11 abstenciones.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2016.
59   Decreto por el que se reforman los artículos 211, la denominación del Capítulo I del Título Décimo Quinto, 259 Bis y se adicionan los artículos 210 Bis; 259 Ter; 259 Quáter y una fracción V al artículo 266 Bis del Código Penal Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
14-Diciembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
14-Diciembre-2017

Tipificar el ciberacoso sexual, entendiéndose quien con fines lascivos y utilizando la coacción, intimidación, inducción, seducción o engaño entable comunicación a través de cualquier tecnología de la información con una persona menor de 18 años o con quien no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, imponiéndose una pena de 2 a 6 años de prisión y de cuatrocientos a seiscientos días multa. Así mismo, el acoso sexual, entendiéndose el que asedie a una persona solicitándole favores sexuales para sí o un tercero, imponiéndose una pena de 1 a 3 años de prisión y de doscientos a cuatrocientos días multa. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa suscrita por la Dip. María Gloria Hernández Madrid (PRI) el 04 de octubre de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES) el 14 de septiembre de 2016.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Felipe Cervera Hernández (PRI) a nombre del Diputado César Camacho Quiroz (PRI) el 13 de septiembre de 2016.

d) Iniciativa presentada por la Dip. Mariana Arámbula Meléndez (PAN), suscrita por los diputados Marko Antonio Cortés Mendoza, Federico Döring Casar, Juan Pablo Piña Kurczyn y José Antonio Salas Valencia (PAN) e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, el 08 de septiembre de 2016.

e) Iniciativa suscrita por la Dip. Evelyng Soraya Flores Carranza (PVEM) y suscrita por integrantes de su Grupo Parlamentario, el 24 de agosto de 2016.

f) Iniciativa suscrita por los Dips. Clemente Castañeda Hoeflich y Verónica Delgadillo García (MC), el 27 de julio de 2016.

g) Iniciativa suscrita por la Dip. María Eloísa Talavera Hernández (PAN) el 25 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 14 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 108 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 de la CPEUM.
60   Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley General de Infraestructura Física Educativa.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Educación y Cultura


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Educación Pública y Servicios Educativos

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Incluir a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad como parte del marco normativo que rige a la Infraestructura Física Educativa. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Adolfo Mota Hernández (PRI), el 18 de mayo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Juventud y Deporte y de Estudios Legislativos.
61   Decreto por el que se adiciona un artículo 233 bis a la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Obligar a que los envases de medicamentos contengan la impresión de fecha de caducidad con al menos 5 mm de altura con un color contrastante e indeleble. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Rosalina Mazari Espín (PRI) el 14 de diciembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 375 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
62   Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 310 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

requieran receta médica, su publicidad se realizará exclusivamente por medios impresos, debiendo contener su leyenda visual, así como las que correspondan conforme a su naturaleza, la advertencia de sus riesgos o efectos secundarios. La vigilancia del cumplimiento de lo anterior, será llevada a cabo por la Secretaría de Salud, en términos de las disposiciones reglamentarias respectivas. 1. Iniciativa suscrita por la Diputada Rosalina Mazari Espín (PRI), el 29 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 372 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
63   Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
12-Diciembre-2017
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
12-Diciembre-2017

Publicación en el DOF:
16-Febrero-2018
Publicar los resultados de las investigaciones y trabajos que realicen los Institutos Nacionales de Salud, mediante un proceso organizado y sistemático de difusión y divulgación por los medios de información asequibles de los Institutos, que permita dar a conocer avances médicos especializados. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Rosalina Mazari Espín (PRI), el 28 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 12 de diciembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 77 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018.
64   Decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 35 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Indicar que los servicios públicos a la población serán preferentemente a favor de personas pertenecientes a grupos sociales en situación de vulnerabilidad. 1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. José María Martínez Martínez (PAN) el 07 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

2. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los Senadores Adolfo Romero Lainas, Fernando Mayans Canabal, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Salvador López Brito, Martha Elena García Gómez, integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, Braulio Manuel Fernández Aguirre y Armando Neyra Chávez (PRI) y Martha Palafox Gutiérrez (PT) el 05 de Marzo de 2015. (LXII Legislatura)

3. Dictamen a Discusión del 07 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos.

4. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

5. Minuta recibida en Cámara de Diputados el 12 de abril de 2016.

6. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 383 votos a favor.

7. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

8. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
65   Decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Indígenas


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Asuntos Indígenas

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Actualizar la denominación de "Reforma Agraria" por "Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano". 1. Iniciativa presentada por la Dip. Genoveva Huerta Villegas (PAN) a nombre del Diputado Luis de León Martínez Sánchez (PAN) el 24 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 378 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos.
66   Decreto por el que se adicionan los artículos 12 y 19 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018
Implementar mecanismos de participación de los padres de familia o de quien ejerza la tutela de niñas y niños, respecto de su educación y atención, en los Centros de Atención y en la Política Nacional para el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de los servicios que presten los Centros. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Norma Edith Martínez Guzmán (PES), el 06 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
67   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Establecer que la coordinación operativa del Sistema Nacional de Protección Integral recaerá en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que ejercerá las funciones de Secretaría Ejecutiva. Proponer al Sistema Nacional de Protección Integral las acciones, lineamientos y demás instrumentos normativos administrativos, necesarios para dar cumplimiento pleno a los objetivos de la Ley. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Rafael Hernández Soriano (PRD), el 11 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 379 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen en sentido negativo presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. desechado por 81 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción d) del artículo 72 de la CPEUM.
68   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Vivienda, de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
29-Marzo-2022
- Atención a Grupos Vulnerables
- Vivienda

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
29-Marzo-2022

Establecer lo que se entiende por vivienda adaptada. Incluir dentro de los lineamientos de la ley el promover que los proyectos urbanos y arquitectónicos de vivienda, así como sus procesos productivos y la utilización de materiales se adecuen a los rasgos culturales y locales para procurar su identidad y diversidad; así como a las condiciones y necesidades físicas de las personas adultas mayores y personas con discapacidad. Establecer como uno de los elementos del Programa Nacional de Vivienda las estrategias y líneas de acción para facilitar el acceso al financiamiento público y privado para construcción y mejoramiento de vivienda para pueblos y comunidades rurales indígenas; así como para la adaptación de la misma, de acuerdo con las condiciones y necesidades físicas de sus habitantes. Incluir en las tareas de la Comisión Nacional de Vivienda el establecer vínculos institucionales, convenios de asistencia técnica, innovación arquitectónica y tecnológica e intercambio de información con gobiernos nacionales y organismos nacionales e internacionales, en coordinación con las autoridades competentes.
Establecer como tarea que corresponde a las instituciones públicas de vivienda de interés social, garantizar las acciones necesarias a fin de concretar programas de vivienda que permitan a las personas adultas mayores la obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o remodelarla y adaptarla en caso de ya contar con ella. Incluir a la Comisión Nacional de Vivienda dentro del Consejo Directivo del INAPAM.
Asentar que los programas de vivienda del sector público o sector privado deberán incluir proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren sus necesidades de accesibilidad. Las instituciones públicas de vivienda otorgarán facilidades para recibir créditos o subsidios para la adquisición, redención de pasivos y construcción, remodelación o adaptación de vivienda. Incluir a la Comisión Nacional de Vivienda en el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
1. Iniciativa presentada por el Dip. Juan Manuel Celis Aguirre (PVEM) el 05 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Seguna.

5. Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores el 29 de marzo de 2022, aprobado en lo general y en lo particular por 102 votos a favor. (LXV Legislatura)

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E del artículo 72 de la CPEUM.
69   Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 7 y 16 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017
Incluir la regulación de los subproductos forestales, definiéndolos como aquellos bienes obtenidos de un proceso de transformación de productos forestales, con otra denominación, nuevas características y un uso final distinto; facultar a la SEMARNAT para expedir los certificados y demás documentación fitosanitaria para la exportación e importación de los subproductos forestales. 1. Iniciativa presentada en la Comisión Permanente por el Senador Jorge Aréchiga Ávila (PVEM) el 27 de enero de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 26 de abril de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 376 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
70   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Establecer que no se considerará que exista daño al ambiente cuando se demuestre que la actividad u obra asociada a los daños ambientales constituya el objeto expreso y específico de una autorización administrativa, y que en la realización de la actividad u obra, el agente económico se haya ajustado estrictamente a los términos y condiciones de la autorización y a la normativa que le sea aplicable. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Francisco Javier Pinto Torres (NA) el 20 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 370 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda.
71   Decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 176 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Precisar que la resolución del procedimiento administrativo y la que recaiga al recurso administrativo de revisión, podrán controvertirse optativamente ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, o a través de juicio ordinario administrativo ante los juzgados de distrito con jurisdicción especial en materia ambiental. Los jueces de distrito en materia administrativa serán competentes para conocer de los juicios ordinarios. 1.Iniciativa suscrita por los diputados Sara Latife Ruiz Chávez (PRI) y Arturo Álvarez Angli (PVEM), el 27 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 360 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
72   Decreto por el que se reforman los artículos 5, 14, 24 y 31 de la Ley Federal de Fomento a las Actividades realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Organizaciones Sociales, Cooperativas, de Fomento y Crédito Popular


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Desarrollo Social

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
24-Abril-2018
Sustituir la referencia a las Leyes sobre el Sistema Nacional de Asistencia Social por la Ley de Asistencia Social, de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, de Transparencia y Acceso a la Información (Pública Gubernamental) y la de Fiscalización Superior de la Federación por la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, respectivamente. Eliminar las referencias al salario mínimo y sustituirla por la relativa a la Unidad de Medida y Actualización. 1. Iniciativa suscrita por el Dip. Alejandro González Murillo (PES), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 365 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Desarrollo Social y de Estudios Legislativos, Primera.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018.
73   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y de la Ley General de Población.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
25-Abril-2018
- Atención a Grupos Vulnerables
- Salud

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
25-Abril-2018

Publicación en el DOF:
12-Julio-2018

Establecer los lineamientos para la recopilación de información y estadística de la población con discapacidad en los registros administrativos de la administración pública, del Censo Nacional de Población y de las Encuestas Nacionales. Incluir en el Sistema Nacional de Información en Discapacidad el Registro Nacional de Población con Discapacidad, y actualizarlo a través de los registros administrativos de certificación de discapacidad del Sector Salud. Extender los certificados de discapacidad por autoridades sanitarias; los menores de edad con discapacidad y los neonatos en los que se identifique una discapacidad congénita o genética, al momento del nacimiento o como resultado del Tamiz neonatal, deberán ser incluidos en el Registro de Menores de Edad, incluyendo la correspondiente certificación de discapacidad para garantizar el interés superior de la niñez. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Gianni Raúl Ramírez Ocampo (PRI), el 05 de noviembre de 2015.

b) Iniciativa presentada por el Dip. Miguel Ángel Sulub Caamal (PRI), el 15 de diciembre de 2015.

c) Iniciativa suscrita por el Dip. Gustavo Enrique Madero Muñoz (PAN), y por los integrantes de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, el 26 de abril de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 362 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos Segunda.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 25 de abril de 2018. Decreto aprobado en lo general y en lo particular por 87 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2018.
74   Decreto que reforma los artículos octavo y noveno de la Ley General de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Cambio Climático

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Robustecer las atribuciones de las entidades federativas y de los municipios en materia de movilidad sustentable. 1. Iniciativa presentada por la Dip. Ruth Noemí Tiscareño Agoitia (PRI), el 01 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 321 a favor, 34 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda, con opinión de la Comisión Especial de Cambio Climático.
75   Decreto por el que se reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Senadores


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
24-Enero-2017
Especificar prohibiciones para garantizar desde los tres niveles de gobierno el trato digno y respetuoso hacia los animales, incluyendo el organizar, inducir o provocar peleas de perros. ampliar la facultad del gobierno federal para expedir NOMs que determinen principio básicos de trato digno y respetuoso que incluyan captura, cautiverio, comercialización, cuarentena, entrenamiento, exhibición, explotación, manutención, transporte y sacrificio de animales. 1. Iniciativas consideradas:

a) Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 11 de marzo de 2016.

b) Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 11 de marzo de 2016.

c) Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Emilio González Martínez (PVEM), el 11 de marzo de 2016.

2. Dictamen a Discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de noviembre de 2016, aprobado por 72 votos.

3. Pasa a la Cámara de Diputados del artículo 72 de la CPEUM

4. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 24 de noviembre de 2016.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 356 a favor, 0 en contra y 4 abstenciones.

6. Pasa Al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017.
76   Decreto por el que se reforma la fracción XV del artículo 3o. y se adiciona un segundo párrafo y las fracciones I, II y III, al artículo 29 de la Ley General de Vida Silvestre.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Ecología, Medio Ambiente y Recursos Naturales


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Facultar a los Estados y a la Ciudad de México para llevar a cabo la creación y administración del padrón estatal de mascotas o animales de compañía; establecer que los Municipios llevarán a cabo el control, inspección, vigilancia y , en su caso, imposición de sanciones, de los establecimientos de cualquier índole en donde se comercialicen mascotas o animales de compañía; prever las condiciones de espacio, seguridad, ventilación, iluminación, alimentación, así como las necesarias para la exhibición de ejemplares por medios remotos o a través de herramientas tecnológicas estableciendo que esta no podrá realizarse por periodos prolongados ni continuos. 1. Iniciativa presentada por diputados integrantes del PVEM, el 06 de diciembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 348 a favor, 0 en contra y 9 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Estudios Legislativos, Segunda.
77   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Fortalecimiento del Poder Legislativo (Ley Orgánica y Reglamentos)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
14-Diciembre-2016
- Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Fecha de dictamen:
14-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
28-Diciembre-2016
Considerar que los legisladores deberán renunciar a obtener, por la realización de actividades inherentes a su cargo o su impacto, beneficios económicos o en especie para parientes civiles o por afinidad hasta el cuarto grado. Reducir el número de días para que proceda la suplencia. Derogar la Sección Sexta, que contempla las Sesiones Secretas, con el objeto de alcanzar mayores niveles de transparencia. Establecer que en el Salón de Sesiones habrá un lugar denominado galerías, destinado al público que concurra a presenciar las Sesiones del Pleno de la Cámara; se abrirán antes de comenzar cada una de ellas, y sólo se cerrarán en el momento que las sesiones se levanten, o sea necesario cerrarlas para restaurar el orden. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI), el 03 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 14 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 347 a favor.

3. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

4. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2016.
78   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Petróleos Mexicanos y de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Energía (Derivados del petróleo, electicidad y otros)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Energía

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Prever los requisitos que deberán cubrir los consejeros independientes de PEMEX y CFE para poder desempeñar el cargo. Establecer que los consejeros de ambas empresas productivas del Estado no podrán ocupar durante el tiempo de su gestión cargos en entes privados con los que tengan conflicto de interés. Precisar que dichos consejeros estarán sujetos a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. 1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal, el 08 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 359 votos a favor y 53 en contra y 3 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Energía y de Estudios Legislativos, Segunda.
79   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; de la Ley Nacional de Ejecución Penal; y de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

. 1. Iniciativa presentada por el Dip. José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 24 de noviembre de 2016

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 386 votos a favor y 1 en contra.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.
80   Decreto por el que se adiciona una fracción V al artículo 119 de la Ley General de Salud, en Materia de Cambio Climático.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Salud

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Atribuir a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las
entidades federativas, en su ámbito de competencia,
prevenir contingencias, así como implementar y sugerir
medidas de auxilio a la población afectada por efectos del
cambio climático, de acuerdo con la información generada
por el Subsistema de Información de Riesgos, Peligros y
Vulnerabilidades del Consejo Nacional de Protección Civil.
1. Iniciativa suscrita por el Diputado Evelio Plata Inzunza (PRI), el 01 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 393 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.
81   Decreto por el que se reforma la fracción V del artículo 198 de la Ley General de Salud.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Salud


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
24-Abril-2018
- Salud

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
24-Abril-2018

Publicación en el DOF:
21-Junio-2018
Obligar a los establecimientos que presten servicios de hemodiálisis a contar con autorización sanitaria para su funcionamiento. 1. Iniciativa presentada por la Dip. María Guadalupe Oyervides Valdez (PRI) el 25 de febrero de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 392 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 24 de abril de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de 2018.
82   Decreto por el que se adiciona una fracción XXII al artículo 57 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Grupos Vulnerables (Menores, Adultos Mayores, Discapacitados)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
30-Noviembre-2017
- Derechos de la Niñez

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
30-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
26-Enero-2018
Impulsar la coordinación entre las autoridades educativas y las Procuradurías de protección de niñas, niños y adolescentes para la identificación y denuncia de los casos de asistencia irregular, abandono y deserción escolar. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Tomas Roberto Montoya Díaz (PRI), el 03 de agosto de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 400 votos a favor y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Derechos de la Niñez y de la Adolescencia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 30 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 81 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2018.
83   Decreto que reforma el artículo 40 de la Ley de Ciencia y Tecnología.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Desarrollo Científico y Tecnológico


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Ciencia y Tecnología

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Considerar como prioritarios a todos aquellos proyectos
que contribuyan a la prevención y combate de los efectos
del cambio climático.
1. Iniciativa suscrita por el Dip. Braulio Mario Guerra Urbiola (PRI) el 12 de noviembre de 2015.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 391 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Ciencia y Tecnología y de Estudios Legislativos, Primera.
84   Decreto que reforma el artículo 19 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
19-Enero-2018
Considerar como día inhábil el 14 septiembre, en los órganos del Poder Judicial de la Federación. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo Ramírez Nieto (PRI), el 15 de marzo de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 337 votos a favor, 44 en contra y 8 abstenciones

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 76 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 19 de enero de 2018.
85   Decreto por el que se reforma el artículo 46 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Transportes


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
22-Febrero-2018
- Transportes

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
22-Febrero-2018

Publicación en el DOF:
24-Abril-2018
Establecer que los permisionarios que brindan servicio público de transporte ferroviario, deberán registrar ante la Agencia Reguladora del Servicio Ferroviario las tarifas máximas aplicables a la prestación del servicio público de transporte, servicios auxiliares y servicios diversos; precisar que para el caso de servicios diversos, deberán de registrarse en el catálogo correspondiente, incluyendo sus cargos y reglas de aplicación; y señalar que cualquier modificación a las tarifas máximas de servicios diversos y cargos tendrá que ser registrada y acompañada de la justificación correspondiente por parte del permisionario. 1. Iniciativa suscrita por la Dip. María Bárbara Botello Santibáñez (PRI) el 08 de junio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 397 votos a favor y 1 abstención

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 22 de febrero de 2018. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2018.
86   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Equidad y Género


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
--
- Trabajo y Previsión Social

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Incluir el concepto de "Acoso Laboral". Sancionar el acoso laboral como violación a los derechos de las y los trabajadores. Modificar "Distrito Federal" por "Ciudad de México" y las multas equivalentes en salarios mínimos, a la unidad de medida. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa presentada por el Dip. Edgar Romo García (PRI), el 18 de mayo de 2016.

b) Iniciativa presentada por la Dip. María Victoria Mercado Sánchez (MC), el 25 de mayo de 2016.

c) Iniciativa suscrita por los diputados Virgilio Dante Caballero Pedraza, Laura Beatriz Esquivel Valdés y Mario Ariel Juárez Rodríguez (MORENA), el 13 de julio de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, Segunda.
87   Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Defensa, Marina y Seguridad Nacional


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Defensa Nacional

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Publicación en el DOF:
27-Enero-2017
Otorgar las condecoraciones de "Mérito Militar" y "De Servicios Distinguidos" a personas que no pertenezcan a las Fuerzas Armadas. Establecer el objeto de la Condecoración al Mérito Militar. Explicitar los casos en los que se otorgará la Condecoración de Servicios Distinguidos. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Virgilio Daniel Méndez Bazán (PRI) el 01 de diciembre de 2015.

2. . Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados el 01 de febrero de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 437 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la CPEUM.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2016.

5. Dictamen de primera lectura con dispensa de trámite presentado el 06 de octubre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos a favor.

6. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la CPEUM

7. Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 12 de octubre de 2016.

8. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 380 votos a favor.

9. Pasa al Ejecutivo Federal ara sus efectos constitucionales.

10. Publicación en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017.
88   Decreto por el que se reforman veinticuatro ordenamientos en materia de reconocimiento de la Ciudad de México como entidad federativa, sustitución de nombre de Distrito Federal y definición, en su caso, de las facultades concurrentes para las demarcaciones territoriales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Distrito Federal


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Noviembre-2017
- Ciudad de México

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
19-Enero-2018
En materia de reconocimiento de la Ciudad de México como Entidad Federativa, sustitución del nombre de Distrito Federal y definición de las facultades concurrentes para las Demarcaciones Territoriales. 1. Iniciativas consideradas en el dictamen:

a) Iniciativa prestada por diputados integrantes de la Comisión del Distrito Federal, el 29 de septiembre de 2016.

b) Iniciativas presentadas por el diputado José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 27 de septiembre de 2016. (3)

c) Iniciativas presentadas por el diputado José Hernán Cortés Berumen (PAN), el 04 de octubre de 2016. (2)

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 387 votos a favor.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 75 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 19 de enero de 2018.
89   Decreto por el que se reforma el artículo 126 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Derecho Electoral (COFIPE, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Tribunal Electoral Federal)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Gobernación

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Establecer que los documentos, datos e informes que los ciudadanos proporcionen al Registro Federal de Electores, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer, salvo cuando se trate de juicios, recursos o procedimientos en los que el instituto fuese parte, para cumplir con las obligaciones previstas por la Ley, en materia electoral y por la Ley General de Población en lo referente al Registro Nacional Ciudadano, a solicitud del Ministerio Público tratándose de delitos en que se aplique la medida cautelar de prisión preventiva. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Alfredo Bejos Nicolás (PRI), el 03 de noviembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 381 votos a favor y 1 abstencion.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Primera.
90   Decreto por el que se reforma el artículo 1915 del Código Civil Federal.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
Gaceta Cámara de Senadores:
23-Noviembre-2017
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

Aprobación en el Senado:
23-Noviembre-2017

Publicación en el DOF:
19-Enero-2018
Establecer que cuando el daño se cause a las personas y produzca la muerte, incapacidad total permanente, parcial permanente, total temporal o parcial temporal, la indemnización correspondiente será calculada tomando como base la unidad de medida y actualización y se extenderá al número de unidades que para cada una de las incapacidades corresponda. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN), el 27 de septiembre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 255 votos a favor, 1 en contra y 4 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.

5. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores, el 23 de noviembre de 2017. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 72 votos a favor.

6. Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

7. Publicación en el Diario Oficial de la Federación 19 de enero de 2018.
91   Decreto por el que se adicionan las fracciones XII y XIII, recorriendose la subsecuente del artículo 29 de la Ley Federal de Defensoría Pública.


Tipo de dictamen: Modificaciones a Leyes existentes


Cámara de origen: Cámara de Diputados


Clasificación: Justicia (Penal, Civil, Mercantil)


Estado actual: Aprobado


Gaceta Cámara de Diputados:
15-Diciembre-2016
- Justicia

Fecha de dictamen:
15-Diciembre-2016

. 1. Iniciativa presentada por el Dip. Waldo Fernández González (PRD), el 13 de octubre de 2016.

2. Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Diputados, el 15 de diciembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado en lo general y en lo particular por 243 votos a favor, 1 en contra y 11 abstenciones.

3. Pasa a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

4. Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 02 de febrero de 2017, se turnó a las comisiones unidas de Justicia y de Estudios Legislativos.